Pretendientes a la Corona de España | |
Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV de Francia, nació en 1683; gobernará en España con el nombre de Felipe V. | Archiduque Carlos de Austria. Durante la guerra de Sucesión murió repentinamente su hermano, el emperador José I de Habsburgo, sin sucesión, por lo que el trono imperial recayó en él. |
Guerra de Sucesión | |
Consecuencias de la guerra. Pérdida de la hegemonía hispana. | |
Gibraltar y el tratado de Utrech | |
Tratado de Utrecht. Cesión de Gibraltar a
Inglaterra Articulo X. 13 de Julio de 1713 "El Rey Católico, por sí y por sus herederos y sucesores, cede por este Tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillos de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, dando la dicha propiedad absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno. [...] Pero, para evitar cualquiera abusos y fraudes en la introducción de las mercaderías, quiere el Rey Católico, y supone que así se ha de entender, que la dicha propiedad se ceda a la Gran Bretaña sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra. [...] Si en algún tiempo a la Corona de la Gran Bretaña le pareciere conveniente dar, vender, enajenar de cualquier modo la propiedad de la dicha Ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción antes que a otros para redimirla." |
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Hoy en día la definición del territorio cedido es objeto de disputa en lo que se refiere a la tierra, el espacio aéreo y el mar, precisamente porque el tratado establecía que la propiedad se cedía «sin jurisdicción territorial y sin comunicación abierta con el país circunvecino por parte de tierra». Esto quiere decir que, aunque el Reino Unido tiene un título válido de soberanía, habría que resolver el problema de su alcance territorial, pues en el artículo X no se establecía una línea fronteriza, ni posteriormente se realizó una demarcación. Decía que eran británicos la Ciudad, el Castillo y las edificaciones agregadas en 1704. Pero ¿qué ocurre con las ampliaciones del terreno que se llevaron a cabo en años posteriores? España ya mostró su oposición a la presencia británica en la lengua de tierra y objetó la construcción del aeropuerto en 1938, pues se encontraban fuera de la demarcación establecida en Utrecht. | |
Para «evitar abusos y fraudes en la introducción de las mercaderías», el tratado fijaba que «la comunicación por mar con la costa de España no puede estar abierta y segura en todos los tiempos». Esto aislaba por tierra a Gibraltar, a la que dejaba abastecerse del mar para su propia subsistencia, pero no comerciar con lo obtenido. Y en tiempos de «grandes angustias», permitía a sus habitantes comprar alimentos en territorio español solo para su consumo propio. Según el Tratado, España mantuvo aislado a Gibraltar hasta 1985, cuando, en el contexto de nuestra incorporación a las instituciones europeas y a la OTAN, se intentó atraer a los gibraltareños a posiciones más favorables a nuestra causa y para favorecer el desarrollo del conjunto de la región. Sin embargo, estos pasos para facilitar los intercambios no han producido avances significativos hacia el objetivo de recuperar el territorio. Más bien al contrario, ya que Gran Bretaña, además de haber consolidado su estatuto político autónomo, ha ido reforzando la economía de la colonia y sigue trabajando para convertir a medio plazo convertir el Peñón en un centro de negocios, en contra del espíritu del Tratado de Utrecht. En los últimos tiempos, la gran obsesión del Gobierno británico ha sido consagrar que las aguas que rodean el Peñón son de soberanía inglesa, algo que España no acepta, porque en Utrecht sólo se cedieron las aguas del puerto de Gibraltar. Por eso, el Gobierno de David Cameron, alentado por los «llanitos», no pierde ocasión para denunciar supuestas violaciones de esas aguas por parte de embarcaciones españolas. | |
El tercer pacto establecido en Utrecht es el más importante, ya que aludía a que España tiene prioridad para dar por terminada la cesión si Gran Bretaña intentara «dar, vender o enajenar de cualquier modo la propiedad de Gibraltar». En este sentido, el Gobierno británico ya ha decidido «enajenar» su colonia. Obviamente no a una potencia extranjera, pero sí a la población del Peñón mediante las ambiguas concesiones que se les ha hecho. Por un lado, la Constitución gibraltareña de 1969 y, por otro, las reformas adheridas en 2006, en las que se introducía el derecho de autodeterminación de los gibraltareños, aunque condicionara éste a «los tratados existentes», tal y como exigía España. Si hiciéramos caso al Derecho Internacional e interpretáramos correctamente el artículo X del Tratado de Utrecht, la cesión de España habría terminado y tendría que recuperar los derechos soberanos sobre el territorio cedido. | |
Mapa alemán de 1733 |
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Gibraltar en 1733. |
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